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Reglamento General de Circulación 2026: esto es lo que cambia

Oct 9, 2026

Un patinete sin casco, una bici adelantada a toda prisa o una moto que se cuela por el arcén en mitad de un atasco. Son escenas habituales en cualquier ciudad o carretera, y desde el 1 de octubre de 2026 algunas de ellas tienen nuevas reglas. 

El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, ha actualizado el Reglamento General de Circulación con un objetivo claro, el de proteger mejor a quienes van más expuestos en la vía. Por primera vez, la norma define al “usuario vulnerable”, un concepto que incluye a peatones, ciclistas, usuarios de patinete eléctrico y motoristas. 

En este artículo repasamos los cambios que más pueden afectarte. 

¿Qué cambia para quienes usan patinete eléctrico?

Los vehículos de movilidad personal (VMP) son los que más novedades reciben en materia de equipamiento. Desde el 1 de octubre: 

  • La edad mínima para conducirlos es de 15 años. 
  • El casco es obligatorio. 
  • El chaleco reflectante es obligatorio de noche o cuando hay poca visibilidad. 

La obligación de llevar el alumbrado encendido de forma permanente, también de día, se aplaza hasta el 1 de octubre de 2027. 

¿Qué cambia para ciclistas y para los conductores que los adelantan? 

El casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas, sin excepciones. Las principales novedades afectan también a quienes conducen cerca de una bicicleta. 

En carretera, al adelantar a un ciclista hay que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. También hay que dejar una separación lateral de 1,5 metros como mínimo. Si la carretera tiene más de un carril por sentido, el adelantamiento debe hacerse cambiando completamente de carril. 

En ciudad, los vehículos a motor deben mantener 5 metros de distancia con la bicicleta que circula delante en el mismo carril. Los ciclistas, por su parte, circularán preferentemente por el centro del carril. 


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¿Qué cambia para las motos?

El equipamiento obligatorio se actualiza: 

  • Guantes de protección en vías interurbanas. 
  • Calzado cerrado en cualquier tipo de vía. 

Los guantes homologados se exigirán cuando entre en vigor la orden ministerial que fije sus especificaciones técnicas. Hasta entonces, valen guantes con características similares a los actuales. Para ciclomotores, el casco homologado (y no solo certificado) será exigible a partir del 1 de octubre de 2027. 

Además, en situaciones de congestión y en tramos previamente señalizados, las motos podrán circular por el arcén derecho sin superar los 30 km/h. 

¿Qué es el carril de emergencia en las retenciones?

En autopistas y autovías, cuando se forma una retención, los vehículos deben orillarse para dejar libre un pasillo por el que puedan pasar ambulancias, policía o servicios de auxilio: 

  • Vías de dos carriles: los vehículos se apartan a ambos lados, dejando libre el centro. 
  • Vías de tres carriles: el carril izquierdo se orilla a la izquierda, y el central y el derecho, a la derecha. 

La reforma incluye también nuevas indicaciones para facilitar el paso de vehículos de emergencia y quitanieves cuando la nieve dificulte la circulación. 

¿Quién deja de tener excepciones con el cinturón?

Se eliminan las exenciones que existían para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción. Ahora el cinturón es obligatorio en todo momento. La única excepción que se mantiene es la de los pasajeros de ambulancias asistenciales que, en un servicio de urgencia, ocupan el habitáculo del paciente. 

¿Y qué tiene que ver todo esto con tu seguro?

Una norma de tráfico no cambia por sí sola las coberturas de una póliza. Pero sí es un buen momento para revisar si tu seguro responde a la forma en que te mueves. Estos son los puntos que conviene comprobar: 

  • Moto o ciclomotor: el seguro de responsabilidad civil es obligatorio. Conviene revisar si tu póliza incluye también coberturas opcionales, como asistencia en viaje, defensa jurídica, daños propios o accidentes del conductor. Su alcance depende de las condiciones contratadas. 
  • Patinete eléctrico: la DGT indica que los VMP cuentan con un seguro obligatorio. Antes de circular, comprueba que lo tienes en vigor y qué cubre exactamente. 
  • Bicicleta: con carácter general no existe una obligación estatal de asegurarla. Aun así, hay pólizas específicas que, según el producto, pueden incluir responsabilidad civil, accidentes personales, robo o asistencia. Conviene consultar también si tu ayuntamiento o comunidad autónoma establece alguna exigencia propia. 

 

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