“¿Puedo desgravar el seguro en la renta”? Esta será una de las preguntas más repetidas el mes que viene.
Cada año, los contribuyentes en España deben presentar su declaración de la renta, un proceso que puede resultar complejo, pero que también ofrece oportunidades para reducir la carga fiscal a través de las deducciones fiscales disponibles.
Entre estas deducciones, se encuentran ciertos tipos de seguros que pueden desgravar, lo que puede suponer un ahorro significativo en la declaración.
A continuación, te explicamos qué seguros pueden incluirse en la declaración de la renta, bajo qué condiciones y hasta qué límites.
Desgravar en la renta el Seguro de Hogar y el Seguro de Vida
Si contrataste un Seguro de Hogar o de Vida vinculado a la firma de una hipoteca antes del 1 de enero de 2013, puedes beneficiarte de una deducción del 15% sobre la cantidad satisfecha, con un límite máximo de 9.040 euros anuales. Esta deducción forma parte del régimen de deducción por adquisición de vivienda habitual, que quedó suprimido para nuevas compras a partir de la fecha mencionada.
Además, si se han realizado pagos relacionados con la construcción o adaptación de la vivienda para personas con discapacidad antes del 1 de enero de 2017, también se puede desgravar el Seguro de Hogar.
Los autónomos que trabajen desde casa pueden deducir una parte del seguro de hogar en su declaración de la renta, siempre que la vivienda esté registrada como afectada a su actividad económica en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
En cuanto al Seguro de Vida, si eres autónomo y tienes contratado uno, podrás desgravar hasta 500 euros en tu declaración de la renta. Este límite se amplía hasta 1.500 euros si tienes una discapacidad reconocida.
Es importante recordar que la Agencia Tributaria puede solicitar justificantes de estos seguros para comprobar que cumplen con los requisitos para ser desgravados. Por lo tanto, es recomendable conservar los recibos y la documentación relacionada con los pagos realizados.
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Desgravar en la renta el Seguro de Salud
El tratamiento fiscal del seguro de salud varía según la situación del asegurado:
- Si el tomador de la póliza es una empresa (persona jurídica) y paga las primas del Seguro de Salud de sus empleados, estas pueden deducirse al 100% en el Impuesto de Sociedades. Esta deducción también se extiende a los familiares del trabajador menores de 25 años que convivan con él, hasta un límite de 500 euros por persona y año.
- Los autónomos en régimen de estimación directa pueden deducir las primas del Seguro de Salud, incluyendo las suyas, las de su cónyuge y las de sus hijos menores de 25 años que convivan con él, con un límite de 500 euros por persona y hasta un máximo de 1.500 euros anuales si son tres miembros.
Si bien estos beneficios fiscales pueden suponer un ahorro, es fundamental verificar cada año las normativas vigentes, ya que pueden sufrir modificaciones.
Desgravar en la renta el Seguro de Coche
Solo los autónomos pueden deducirse el seguro del coche en la declaración de la renta, pero con condiciones:
- Si solo tienen un vehículo y lo utilizan tanto para fines profesionales como personales, podrán desgravar el 50% de la prima del seguro.
- Si tienen dos vehículos, podrán desgravar el 100% de la prima del seguro de aquel que se destine exclusivamente a la actividad económica.
En estos casos, es recomendable llevar un registro del uso del vehículo para poder justificar la deducción ante la Agencia Tributaria en caso de requerimiento.
Desgravar en la renta el Seguro de Responsabilidad Civil
Los Seguros de Responsabilidad Civil son imprescindibles para muchos profesionales autónomos, ya que protegen contra reclamaciones y daños a terceros. En este caso, los autónomos pueden desgravar el coste de este seguro como un gasto necesario para el desarrollo de su actividad.
Deducciones fiscales para viviendas en alquiler
Si eres propietario de una vivienda en alquiler, puedes beneficiarte de deducciones fiscales en la declaración de la renta por determinados seguros relacionados con el arrendamiento.
Entre ellos se encuentran:
- Seguro de hogar: protege la vivienda alquilada frente a posibles daños como incendios, robos o inundaciones.
- Seguro de responsabilidad civil: cubre daños a terceros que puedan derivarse del uso de la vivienda.
- Seguro de impago de alquiler: garantiza el cobro del alquiler en caso de que el inquilino deje de pagar.
Estos seguros pueden incluirse como gastos deducibles dentro del rendimiento del capital inmobiliario, lo que permite reducir la carga fiscal sobre los ingresos obtenidos por el alquiler.
Desgravar en la renta el Seguro de Baja Laboral
Los trabajadores autónomos que tributen en régimen de estimación directa pueden deducirse hasta 500 euros anuales por la contratación de un Seguro de Baja Laboral o Incapacidad Laboral Temporal (ILT). Esta póliza les proporciona una compensación económica en caso de enfermedad o accidente que les impida desarrollar su actividad profesional.
Es importante tener en cuenta que el límite máximo de deducción para los seguros de vida, salud y baja laboral en el caso de los autónomos es de 500 euros en total, y no 500 euros por cada tipo de seguro. Esto significa que, si un autónomo tiene contratados varios de estos seguros, la suma de las primas que quiera desgravar no podrá superar este importe (o 1.500 euros si tiene cónyuge e hijos menores de 25 años a su cargo). Por ello, es recomendable planificar bien la declaración para optimizar el beneficio fiscal dentro de los límites establecidos.
Conocer las deducciones fiscales de los seguros en la declaración de la renta puede suponer un importante ahorro. Es fundamental revisar bien las condiciones y límites de cada tipo de seguro para asegurarse de aprovechar al máximo los beneficios fiscales.
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