“¿Puedo desgravar el seguro en la renta”? Esta será una de las preguntas más repetidas el más que viene.
Cada año, los contribuyentes españoles se enfrentan al deber de presentar su declaración de la renta, un proceso que puede ser complicado pero que también ofrece oportunidades para reducir la carga fiscal.
Uno de los métodos para hacerlo es aprovechar las deducciones fiscales disponibles, y entre ellas se encuentran los seguros que pueden desgravarse.
Desgravar en la renta el Seguro de Hogar y Seguro de Vida
Puedes deducirte en la próxima renta el seguro de hogar y el de vida si los contrataste con la firma de la hipoteca antes del 1 de enero de 2013. La deducción es de hasta un 15% con un límite de 9.040€.
También puede desgravarse el seguro de hogar si se realizaron pagos que estuvieran relacionados con la construcción o adaptación de la vivienda personas con discapacidad, antes del 1 de enero de 2017.
Por otro lado, si eres autónomo y trabajas en casa también podrás deducir una pequeña cantidad del seguro de hogar. En caso de que seas autónomo y tengas contratado un seguro de vida, el seguro desgrava hasta 500€ y hasta 1.500€ si tienes alguna discapacidad.
Desgravar en la renta el Seguro de Salud
Si el tomador de la póliza es una persona jurídica, es decir si las primas son pagadas por la empresa en donde trabaja el asegurado, el beneficio fiscal directo es para la empresa, no para el empleado, y es la deducción en el impuesto de sociedades del 100% de las primas de seguros que correspondan al empleado, o a los familiares menores de 25 que convivan con él hasta un máximo de 500 euros por persona y año.
Los trabajadores autónomos en régimen de estimación directa tienen también el tratamiento fiscal anterior mencionado: las primas de seguro satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que convivan con él.
El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente y podrán deducirlo en su declaración de la renta. Con lo cual, se puede conseguir una reducción en la base imponible importante, de hasta 1.500 euros anuales si son 3 miembros.
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Desgravar en la renta el Seguro de coche
Solo los autónomos podrán deducirse en la declaración de la renta el seguro de coche si lo utilizan para fines comerciales. Si únicamente tienes un vehículo, podrás desgravar el 50% de la prima, ya que hacienda deduce que lo utilizas también para fines personales. Si, por el contrario, tienes dos vehículos, podrás deducir en uno de ellos el 100% del seguro.
Desgravar en la renta el Seguro de Responsabilidad civil
Los autónomos podrán desgravar de su renta el seguro de responsabilidad civil que sea necesario para llevar a cabo su actividad.
Viviendas en alquiler: deducciones fiscales
Los propietarios de viviendas en alquiler pueden deducirse en la campaña de la renta los seguros que están relacionados con dicho arrendamiento: seguro de hogar, de responsabilidad civil y de impago de alquiler.
Desgravar en la renta el Seguro de Baja Laboral
El seguro de baja laboral o ILT (incapacidad laboral temporal) es un gasto deducible hasta 500€ para los trabajadores autónomos que tributen su actividad laboral por estimación directa.
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